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El secretario general de FACUA, Rubén Sánchez, ha interpuesto una demanda por difamación contra Daniel Esteve, dueño de la empresa de desahucios ilegales Desokupa, tras las informaciones falsas vertidas por el ultraderechista en sus redes sociales acusando a Sánchez de sobornar a una fiscal y apropiarse del dinero de las donaciones recaudadas por la asociación Acción Contra el Odio (ACO).
A lo largo del pasado mes de marzo, el líder de Desokupa dedicó más de una quincena de publicaciones en sus diferentes perfiles personales y empresariales de las redes sociales X, YouTube, Instagram, Telegram y Linkedin, en los que suma más de un millón de seguidores, a insultar, amenazar y difamar al representante de FACUA. En estas publicaciones, el agitador de extrema derecha acusó a Rubén Sánchez de haber sobornado a la fiscal delegada de la sección de delitos de Odio y Contra la Discriminación en la Fiscalía Provincial de Valencia, Susana Gisbert, con el objetivo de que esta abriera diligencias de investigación contra el propio Esteve tras la denuncia por delitos de odio presentada el pasado 6 de febrero por ACO.
Además de difundir estas informaciones falsas, el dueño de Desokupa acusó también al colaborador de ACO de estar quedándose con el dinero recaudado por la asociación a través de las donaciones recaudadas con el objetivo de emprender acciones judiciales. Unas acusaciones, de nuevo, basadas únicamente en bulos y desinformación que, en una muestra más del nerviosismo que esta demanda ha suscitado en Esteve, el exboxeador acompañó de varias amenazas e insultos como “rata asquerosa” o “comepollas”.Por esta sucesión de hechos, Sánchez ha reclamado una indemnización por difamación que alcanzaría los 30.000 euros.
El pasado 20 de marzo, la sección especializada en delitos de odio y discriminación de la Fiscalía Provincial de Valencia abrió diligencias de investigación preprocesal a raíz de la denuncia presentada por Acción Contra el Odio contra Daniel Esteve por lanzar amenazas públicas contra personas migrantes y asociar la inmigración con la delincuencia, basándose para ello en bulos e incluso fabricando él mismo informaciones falsas. Unos hechos que pueden haber sido constitutivos de un delito de incitación al odio recogido en el art. 510 del Código Penal, que establece penas de prisión de entre uno y cuatro años.